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Atención integral desde la temprana infancia

BENEFICIO TRIBUTARIO

Conoce la Ley 19.885 para donaciones con fines sociales

¿Quiénes pueden ser donantes?

Pueden ser donantes las empresas y las personas naturales.

¿Qué beneficios tributarios fija la Ley 19.885?

Créditos directos equivalente al 35% o el 50% del monto de la donación contra los impuestos de primera categoría, segunda categoría y global complementario.

Para las empresas, el porcentaje de la donación que no se impute como crédito se puede considerar como gasto necesario para producir la renta.

¿Cuáles son los beneficios?

  • PERSONAS NATURALES: rebaja del 50% de la donación como beneficio tributario.
  • EMPRESAS, DONACIÓN MENOR A 1.000 UTM: el donante puede imputar a gasto el 50% de la donación , restándola de su Renta Líquida Imponible (RLI) y rebajar directamente del Impuesto de Primera Categoría obtenido con la nueva RLI el otro 50% de la donación.
  • EMPRESAS, DONACIÓN MAYOR A 1.000 UTM: para las primeras 1.000 UTM rige el mismo beneficio que para las donaciones inferiores a 1.000 UTM. Por el exceso sobre 1.000 UTM puede imputar el 65% de la donación a gastos y rebajar el 35% de la misma  del Impuesto de Primera Categoría.

Descargar Ley 19.885 Donaciones con Fines Sociales
Descargar Ley 20.565 modifica Ley 19.885

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NUESTRA CAUSA

ÁREA SALUD INFANTIL

Nuestros Centros de Salud Infantil ofrecen atención médica gratuita y de calidad a niños vulnerables de 28 comunas en la Región Metropolitana y Placilla, Valparaíso, con más de 18 mil servicios al año.

ÁREA SALUD MENTAL

Recibimos a las mamás de los niños atendidos en nuestros centros, ofreciéndoles terapias psicológicas y psiquiátricas gratuitas y semanales, además de talleres de habilidades parentales.

ÁREA SALUD PERINATAL

Para abordar la importancia de la etapa prenatal en la salud física y emocional, hemos comenzado a trabajar con matronas y psicólogas. Nuestro objetivo es mitigar factores que puedan afectar el desarrollo y bienestar del niño desde el embarazo.